Como parte de los compromisos adquiridos a nivel multilateral y en diferentes acuerdos de comercio suscritos por la República Dominicana, mediante el Decreto No. 58-03 de fecha 23 de enero del 2003, se creó el Comité Nacional para la Aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y sobre los Obstáculos Técnicos al Comercio, con el objetivo de dar seguimiento y cumplimiento a los compromisos, derechos y obligaciones asumidos por el país en el Acuerdo sobre las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (Acuerdo MSF) y el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio (Acuerdo OTC), de la Organización Mundial del Comercio (OMC), así como para darle seguimiento a los compromisos asumidos en otros acuerdos de carácter bilateral y regional en materias de sanidad agropecuaria e inocuidad de los alimentos.
Este Comité fue concebido como un Mecanismo de Organización Nacional capaz de responder en una forma más práctica, ágil y simple a la necesidad de adoptar estrategias y acciones que estuvieran de acuerdo a las exigencias de la dinámica del proceso comercial. Dos años más tarde, el Decreto No. 58-03 fue sustituido por el Decreto No. 515-05, del 20 de septiembre del 2005, separando los ámbitos de las medidas sanitarias y fitosanitarias del tema de obstáculos técnicos al comercio, y conformando así un órgano de máxima autoridad en materia sanitaria, fitosanitaria y de inocuidad alimentaria en la República Dominicana. El Comité Nacional para la Aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (CNMSF), cuenta con un Reglamento que da mayor operatividad y funcionabilidad a las responsabilidades de cada una de las instituciones del sector público, del sector privado y de los organismos internacionales de cooperación que integran su estructura, y participan de manera activa en el Comité. Los organismos internacionales participan con el rol de observadores.
Desde su creación, el CNMSF ha venido revisando, vigilando y guiando los temas nacionales e internacionales relativos a los temas sanitarios, fitosanitarios y de inocuidad que competen al país. Se reúne de manera ordinaria cuatro veces al año, y es en ese pleno donde se analizan las leyes, reglamentos, documentos y demás asuntos de su competencia. De manera extraordinaria, convoca las reuniones que así considere. Sus Autoridades Nacionales Designadas (AND) participan en las reuniones ordinarias del Comité de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC, donde lleva a cabo consultas, reuniones informales y demás actuaciones relativos a la posición del país en la aplicación de las MSF a nivel nacional e internacional, las cuales han permitido importantes logros en materia de acceso de los productos agropecuarios dominicanos en otros mercados.