Secretaria ejecutiva

El Comité Nacional MSF cuenta con una Secretaría Ejecutiva, la cual funge y hace operativas las funciones del Comité como Punto de Contacto MSF: Autoridad Nacional de Notificación y Servicio Nacional de Información MSF ante la OMC y los demás compromisos internacionales en materia MSF, claras y específicamente descritas en el Decreto No.515-05 y su Reglamento Operativo.


En principio, las funciones de la Secretaría Ejecutiva del CNSMF fueron desarrolladas desde el Consejo Nacional de Agricultura (CNA) que presiden el Ministerio de Agricultura, en la persona de su Ministro, Ing. Salvador Jiménez A. Desde septiembre de 2005, las funciones se traspasan oficialmente mediante la Resolución N ° 54-05 del Ministerio, según las atribuciones del acápite (f) del Artículo 3 de la Ley N ° 8, de fecha 8 de septiembre de 1965 , que faculta al Ministro de Agricultura a «establecer la organización y las modificaciones pertinentes en la estructura interna del Ministerio».

La supervisión de la correcta aplicación y seguimiento del cumplimiento de los acuerdos convencionales internacionalmente en materia agropecuaria, le compete al Ministerio de Agricultura.La instancia negociadora y administradora de estos acuerdos dentro del Ministerio de la Oficina de Tratados Comerciales Agrícolas (OTCA), la cual funciona bajo la égida del Vice Ministerio Técnico de Planificación Sectorial Agropecuaria. La OTCA juega un rol importante en la negociación y defensa del sector agropecuario dominicano ante los principales países comerciales del país, y ante los compromisos adquiridos como país Miembro de la Organización Mundial del Comercio (OMC). Dentro de estos están los relacionados con las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF), su negociación y apoyo en la implementación de las mismas.

Además de las medidas contenidas en el Acuerdo MSF y el Manual Práctico de la OMC, con relación a los Organismos de Atención y Servicios de Información Nacional en Materia MSF, como Punto de Contacto y Servicio Nacional de Información y Materia de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias MSF ), la OTCA tiene las siguientes atribuciones:

• Tomar las medidas o acciones necesarias, previa aprobación del pleno del Comité Nacional para la Aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, para la publicación y difusión de las cuestiones relativas a la aplicación de las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias y de Inocuidad de los Alimentos, de forma que puedan conocer a los consumidores, importadores y comercializadores, tanto en el país como en el exterior.Un ejemplo de esto ha sido la creación del Portal CNMSF, www.cnmsf.gob.do, con apoyo de la USAID a través del Proyecto de Implementación del DR-CAFTA. 

• Responder a todas las preguntas razonables de información formuladas por los países Miembros de la Organización Mundial del Comercio, interesados ​​en recibir notificaciones adicionales sobre las notificaciones MSF realizadas por el país, así como facilitar los documentos pertinentes. 

• Informe, solicitud virtual, sobre participación en acuerdos bilaterales o multilaterales de equivalencia, de conformidad con el párrafo 3 d) del Anexo B del Acuerdo MSF.

Como Secretaría Ejecutiva del Comité Nacional para la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (CNMSF), la OTCA tiene las siguientes atribuciones:

• Ejecutar las decisiones adoptadas por el Comité, coordinar todas las acciones necesarias para el cumplimiento de las medidas tomadas en el pleno. de sus reuniones. 

• Organizar y coordinar todas las acciones necesarias para el desarrollo de reuniones, actividades y eventos relacionados con las atribuciones del Comité. 

• Preparar, junto al Presidente del Comité, el Plan Anual de Actividades y Presupuesto Anual de Gastos del Comité. 

• Garantizar la transferencia y / o intercambio de informaciones entre las instituciones miembros del Comité, y dar seguimiento a las decisiones consensuadas del pleno. 

• Asimismo, la Secretaría del Comité es la instancia responsable del informe sobre los asuntos de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF) decididos por el Comité, tanto en el ámbito nacional como internacional, utilizando los canales institucionales correspondientes. 

• Elaborar y remitir a las autoridades y entidades que correspondan, previa aprobación del pleno del Comité, las memorias anuales e informes técnicos generados por el Comité. 

• Información sobre la condición de integrante o participante de la República Dominicana y las instituciones competentes en el territorio nacional, en organizaciones y sistemas sanitarios y fitosanitarios internacionales y regionales, así como sobre acuerdos bilaterales y multilaterales dentro del alcance del acuerdo. Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, junto con los textos de esos acuerdos.